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Libros Tumbos

Se trata de tres libros tumbos, códices de contenido diplomático, cuyo nombre le viene dado por la posición en la que se colocaban en las estanterías, y en ellos están copiados todos los privilegios reales -concesiones patrimoniales, derechos y libertades- otorgados al cabildo Catedral hasta el año 1284, fecha del último documento registrado, en el caso de los dos primeros, y en el tercero se copian privilegios concedidos por los reyes en los siglos XIII y XIV. La materia escriptoria es el pergamino salvo un cuadernillo último en papel cosido en el tercer tomo.

Los dos primeros son libros de gran formato en pergamino, el tumbo A no tiene foliación ni signatura; se estructura en cinco cuadernillos que mantienen la ley de Gregory, empezando por la cara de la carne. El tumbo B conserva su foliación primitiva, en números romanos, del nºI al XL, pero no presenta signatura. A diferencia del tumbo A, se estructura en cuatro cuadernillos, que mantienen también la ley de Gregory, empezando por la carne, pero llevan previamente dos hojas de pergamino cortadas y pegadas, la primera como portadilla y la segunda con el índice del contenido del libro.

En cuanto a la preparación de la página, la construcción de la justificación sigue siempre el mismo modelo, pero presenta variaciones de medida. Se emplea el sistema de reclamos para la ordenación de los cuadernillos en la página última de cada uno de ellos dispuestos horizontalmente en la zona central derecha de la justificación inferior.

En ambos códices se recogen los mismos documentos, 51 en cada libro, abarcando cronológicamente desde el año 1086 hasta 1284, puesto que se incluyen los privilegios otorgados por los reyes a la Iglesia y Concejo de Toledo, dados todos ellos con posterioridad a la Iglesia y al cabildo municipal de Sevilla, así como las Constituciones en latín dadas por don Remondo, arzobispo de Sevilla, en 1261 al cabildo y Arzobispado de la misma.

Por tanto es un conjunto de textos trascendentales para el funcionamiento institucional del nuevo poder eclesiástico y civil en la ciudad de Sevilla en torno al año 1285. El contexto social, político y eclesiástico de ese momento evidencia la necesidad que tenía el cabildo Catedral de reunir todos los documentos acreditativos de sus bienes patrimoniales frente a las nuevas concesiones reales otorgadas a la Capilla Real o ante la inminente necesidad de compartir los diezmos con la mesa arzobispal.
 

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